Cuba no reconoce leyes de EE.UU. contrarias al derecho internacional

El ministro de Comercio Exterior e Inversiones de Cuba, Rodrigo Malmierca, afirmó hoy que la isla caribeña no reconoce normas de Estados Unidos que desconocen el derecho internacional.

‘Juez en EE.UU. desestimó demanda contra empresa suiza MSC Cruises S.A. basada en extraterritorial ley Helms Burton. En Cuba no reconocemos ley garrote que va contra derecho internacional. Resultados en cortes norteamericanas nos van dando la razón’, escrbió Malmierca en su cuenta de la red social Twitter.

La jueza estadounidense Beth Bloom desestimó una demanda presentada contra la línea de cruceros MSC Cruises bajo el Título III de la controvertida Ley Helms-Burton contra Cuba.

Havana Docks Corporation, una compañía que dice ser ‘propietaria legítima de ciertos bienes inmuebles comerciales’ en el Puerto de La Habana, interpuso una acción legal el 27 de agosto pasado contra MSC Cruises y otras dos empresas, Norwegian Cruise y Royal Caribbean, por el uso de esa infraestructura.

En la reclamación se señaló que el 10 de diciembre de 2018 o cerca de esa fecha, MSC Cruises ‘inició, condujo y promocionó’ sus negocios comerciales en Cuba, al embarcar y desembarcar regularmente a sus pasajeros ‘sin la autorización del demandante o cualquier ciudadano de Estados Unidos que tenga un reclamo sobre la propiedad sujeta’.

Sin embargo, la línea de cruceros argumentó en una moción que la demanda debía ser desestimada por cuatro razones, entre ellas que quienes presentaron la reclamación ‘no incluyeron suficientes acusaciones sobre el presunto tráfico de los acusados en la propiedad’.

La moción añadió que el reclamo fracasa como una cuestión de derecho y que el Título III de la Ley Helms-Burton viola la cláusula del debido proceso de la Quinta Enmienda de la Constitución estadounidense.

Además, los demandados argumentaron que la propiedad no es un asunto de la reclamación, porque el interés del reclamante en la propiedad en cuestión se basa en un arrendamiento que expiró en 2004.

En el documento emitido por Bloom, se indicó que el reclamo del demandante que involucra una concesión por tiempo limitado no le da derecho a reclamar por actividades que tuvieron lugar años después de que ya no posee interés en la propiedad, y la magistrada desestimó la demanda con perjuicio.

Según el Instituto de Información Legal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Cornell, eso significa que la corte adoptó una determinación final sobre los méritos del caso y que, por lo tanto, el demandante tiene prohibido presentar otra acción basada en los mismos motivos.

La Helms-Burton, que fue aprobada por el Congreso estadounidense en 1996, codifica el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Washington contra Cuba hace casi 60 años.

Su Título III, que la administración de Donald Trump decidió activar el 2 de mayo de 2019, permite a ciudadanos estadounidenses presentar reclamaciones contra personas y entidades, incluso de terceros países, que inviertan en propiedades nacionalizadas en Cuba tras el triunfo de la Revolución el 1 de enero de 1959.

Tomado de Cuba Si

(Visitado 20 veces, 1 visitas hoy)

Portal Cubasí

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *